Quedará redactado de la siguiente manera: Que el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que las adquisiciones y otras contrataciones por valor de hasta $173.641, se efectuarán en forma directa; $173.641,01 y $868.264 mediante concurso de precio; $868.641,01 y hasta $2.604.778,00 mediante licitación pública o privada, y excediendo esta última cantidad, mediante licitación pública.