Modifíquese el Artículo 3º del Decreto Nº 1.603/21, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 3°: El gasto que demande la contratación dispuesta por el Artículo 1° se atenderá con cargo en la Jurisdicción 1.1.1.01.12.000, Unidad Ejecutora 501, Categoría Programática 60.78.51 Tomado de Juntas y Fisuras en calles del Partido, Partida 4.2.2. Construcciones en Bienes de Dominio Público, Fuente de Financiamiento 1.3.2., de Origen Provincial.”