Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 07 de mayo del año 2021, obrante a fojas 21 del expediente Nº S-92.665-2021, (H.C.D. D-00191-21), por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo, mediante la representación del Sr. Intendente Municipal Act. Néstor Osvaldo Grindetti, a suscribir Convenios de colaboración con cooperativas y/o entidades sin fines de lucro que coadyuven a alcanzar los objetivos planteados en materia ambiental, promoviendo acciones de educación ambiental, gestión de residuos, restauración ambiental y toda otra actividad que permita transformar a Lanús en un Municipio sustentable, y a la suscripción de los Convenios específicos correspondientes. Insértese en el Registro Oficial de Ordenanzas bajo el número 13.214;