Amplíese el beneficio otorgado a través del artículo 5° de la Ordenanza N° 13.054 a todos los contribuyentes del Partido de Lanús por los Derechos de Ocupación o Uso del Espacio Público cuya actividad principal sea la explotación de los siguientes rubros: confiterías, restaurantes, pizzerías, bares, heladerías y otros del rubro gastronómico. Ampliase el periodo establecido en el artículo 2° del decreto Nº 0196 del 29 de enero del año 2021, a los meses de julio a diciembre del año 2021, correspondiente a la ocupación del espacio público con elementos del tipo mesas, sillas y caballetes. El beneficio consistirá en la reducción del 100 % de los mencionados Derechos.