Visto el requerimiento formulado por el SR. DE LA TORRE, ARIEL ANDRES por medio del expediente 13/846157/10, respecto a la FACTIBILIDAD de HABILITAR un comercio de SALON DE FIESTAS Y SALON DE FIESTAS INFANTILES ubicado en la calle EVA PERON 101 y teniendo en cuenta que del informe producido por el inspector actuante con fecha 04/02/10 obrante a fs. 6 se desprende que se ajusta a los Arts. 5° de la Ordenanza 10521/08 y 7° de la Ordenanza 9385/01, por ello HA LUGAR a lo peticionado.