Visto el requerimiento formulado por la firria EASOC S.A. por medio del expediente E/846509/1 0, respecto a la FACTIBILIDAD de HABILITAR un comercio
de SALA DE VELATORIO ubicado en la calle 111 PILCOMAYO 814 y teniendo en cuenta que del informe producido por el inspector actuante con fecha 11/02/10 obrante a fs. 12 vuelta se desprende que se ajusta en el Art. 43 de la Ordenanza 8587/97, por ello HA LUGAR a lo peticionado.-