Visto el requerimiento formulado por la firma AV. 9 DE JULIO 1601 S.R.L. por medio del expediente A/831589/08, por el cual solicita la FACTIBILIDAD de ANEXAR CAFÉ-BAR SIN ACTIVIDAD NOCTURNA Y PELOTERO de acuerdo a lo expuesto de manifiesto a fs. 72, a su comercio de RESTAURANTE Y COMIDAS PARA LLEVAR ubicado en la AV. 9 DE JULIO 1601.