Ejérzase la opción de compra establecida en la cláusula 11.1 de las Condiciones Generales de los Contratos de Leasing Financiero Mobiliario N° 10.943, N° 10.944 y N° 10.945, sobre los bienes objeto de los mismos y autorizase a la Dirección de Contaduría General a imputar y librar Orden de Pago.