Visto el requerimiento formulado por la SA. ZHUANG FENGHUA por medio del expediente Z/849410/10, respecto a la FACTIBILIDAD de HABILITAR un comercio de SUPERMERCADO ubicado en la calle J. B. JUSTO 3042 y teniendo en cuenta que del informe producido por el inspector actuante con fecha 26/05/10 obrante a fs. 7 del cual se desprende que se ajusta a las disposiciones establecidas en los Arts. 1°, 2° y 4° de la Ordenanza 9172/00, por ello HA LUGAR a lo peticionado.