Visto el requerimiento formulado por el SR. YUSTES, FABIAN HORACIO por medio del expediente Y/848621/10, respecto a la FACTIBILIDAD de HABILITAR un comercio de CAFÉ-BAR, PIZZERIA CON ELABORACION SIN ACTIVIDAD NOCTURNA ubicado en la calle 2 DE MAYO 2975 y teniendo en cuenta que del informe producido por el inspector actuante con fecha a 28/05/10 obrante a fs. 6 del cual se desprende que se ajusta a las disposiciones establecidas en los Arts. 30, 7 Inc. B y 9° de la Ordenanza 10520/08, por ello HA LUGAR a lo peticionado.