Promulgase la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 07 de octubre del año 2021, obrante en el expediente HCDPO-000015-2021 (H.C.D. D00457-21), por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a eximir del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y las tasas, derechos, contribuciones especiales que se liquiden conjuntamente, por el lapso máximo de sesenta (60) meses a aquellas personas físicas o jurídicas que habiliten establecimientos a fin de explotar el rubro cochera comercial, en inmuebles situados en los denominados centros comerciales del Partido de Lanús. e insértese en el Registro Oficial de Ordenanzas bajo el número 13.306.