Visto el requerimiento formulado por la ASOCIACION LANUS RUGBY CLUB por medio del expediente A-852417-10, respecto a la FACTIBILIDAD de habilitar un comercio de 2 (DOS) CANCHAS DE RUGBY MINUTAS Y BEBIDAS SIN ALCOHOL de acuerdo a lo expuesto en el Comparendo obrante a fojas 36, ubicado en la calle GENERAL FERRE 2699.