Visto el requerimiento formulado por el SR. REY JOSE DANIEL por medio de expediente R/8533 15110 respecto a la FACTIBILIDAD de HABILITAR un comercio de CAFÉ BAR SIN ACTIVIDAD NOCTURNA ubicado en la calle LOPEZ Y PLANES 1001 ESQUINA PTE. ILLIA 1002 y teniendo en cuenta el informe producido por el inspector actuante con fecha 05/10/10 obrante a fs. 10 se desprende que se ajusta a las disposiciones establecidas en los Arts. 30 y 9° de la ordenanza 10520/08, por ello HA LUGAR a lo peticionado.