Todos aquellos Proveedores y Contratistas registrados en el Registro de Proveedores de la Dirección General de Compras y todos aquellos oferentes que se presenten a participar a Licitaciones Públicas, deberán constituir domicilio electrónico, mediante la presentación de la Declaración Jurada obrante como Anexo II, estableciéndose como único medio de notificación, y aclarándose que los plazos se computarán desde el día hábil siguiente al acuse de recibo del correo electrónico.