1.-Visto el requerimiento formulado por la FIRMA ONCEDOCETRECE S.A POR medio del expediente 0-889928/14, respecto a la FACTIBILIDAD de HABILITAR un comercio de HELADERIA SIN ELABORACiION Y CAFETERIA SIN VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS, ubicado en la calle ONCATIVO 1784 PLANTA BAJA, 1° Y 2° PISO, y teniendo en cuenta el informe producido por el inspector actuante con fecha 04-09-14 obrante a fojas 20 se desprende que se ajusta a las disposiciones establecidas en los Arts. 50 y 90 a Ordenanza 10520/08, por ello HA Ordenanza 10520/08, LUGAR a lo peticionado.-