Prorróguese por 24 meses el plazo establecido en el Artículo 1° de la Ordenanza N° 12932/19, conforme a la facultad establecida en el Artículo 2° de la misma, operando su vencimiento, el día 31 de diciembre de 2023, manteniéndose en consecuencia durante el tiempo de prórroga la plena vigencia de la "Emergencia Alimentaria".