Ejérzase la opción de compra establecida en la cláusula 11.1 de las Condiciones Generales de los Contratos de Leasing Financiero Mobiliario Nros. 11.220, 11.221, 11.222, 11.223, 11.224, 11.225, 11.226, 11.227, 11.228 y 11.229, suscriptos conforme a la autorización conferida en la Ordenanza N° 12.628, con Provincia Leasing S.A. sobre los bienes objeto de los mismos.