Convalídase el Convenio celebrado entre la empresa CABAL COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS L TOA.; y la Municipalidad de Lanús, que tiene por objeto la entrega de tarjetas precargables a los beneficiarios de las becas otorgadas mediante el Programa de Continuidad Pedagógica "Empujar"; y cuyo Convenio Marco forma parte integrante de la presente Ordenanza.