Digesto Municipal / Datos de la norma

Decreto

Estado: Vigente
Fecha de sanción: 31/12/1969
Fecha de publicación: 13/10/2022

Descripción general

Autorízase a abonar la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS ($ 1.200) por cada vivienda encuestada, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250) por cada vivienda que califique como “rechazada o ausencia”, y la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($ 150) por cada vivienda que califique como “no aplicable o error de marco”, según cada uno de los casos, conforme surja de la correspondiente factura presentada y conformada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en los términos de las Cláusulas Tercera y Quinta de los Contratos de obra suscriptos, a los ENCUESTADORES detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente, por la labor realizada en el período comprendido desde el día 15 de septiembre al 31 de octubre del año 2022.

Decreto 4232