Denominase al Cementerio Municipal como "Cementerio Parque de Lanús" Facultase al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo las acciones necesarias para la transformación del sector destinado a las inhumaciones bajo tierra para que en un plazo de 7 siete años el mismo tenga las características de un Cementerio Parque de acuerdo a lo Establecido en el presente.