Convalídase el Convenio celebrado con fecha 31 de marzo de 2022 entre la Municipalidad de Lanús, representada por el Sr. Intendente Municipal, Act. Néstor Osvaldo Grindetti, y el Centro Misional Baraga, con CUIT N º 30-53059134-0, representada por el Sr. José Bokalic; y que tiene por objeto la utilización del espacio de natatorio para los distintos programas de natación de la Secretaría de Educación, Empleo y Deporte; y cuyo Convenio forma parte integrante de la presente Ordenanza.