Establécese para los agentes del Cuerpo de Agentes de Gestión Administrativa" que pertenecieran al Cuerpo de Cobradores Municipales de la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, un régimen adicional de funciones.
Los agentes que quieran pertenecer al régimen que se crea por la presente, deberán requerir la adhesión en el perentorio plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente, dando expresa conformidad al mismo.