Se prorroga por el término de 60 días hábiles lo establecido en la Ordenanza N° 10674 por el cual se incorpora el artículo 6° Bis, se convocará a Audiencia Pública, invitando a instituciones, asambleas barriales, establecimientos médicos, organismos provinciales y/o nacionales para iniciar debate sobre el efecto de los campos electromagnéticos y la salud de la población.