La prestación del servicio de remis en el Municipio de Lanús se regirá por las disposiciones de la presente Ordenanza. En consecuencia la instalación, habilitación y funcionamiento tanto de las agencias cmo de vehículos afectados deberán ajustarse a las previsiones. DEROGANSE ARTICULOS 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12 Y 15 POR ORDENANZA 13936.