Digesto Municipal / Datos de la norma

Ordenanza

Estado: Vigente
Fecha de sanción: 15/06/2018
Fecha de publicación: 19/06/2018

Descripción general

Condonase la deuda impaga, devengada al 31 de diciembre de 2017, originada por los hechos imponibles generadores del tributo denominado Derechos por Publicidad y Propaganda, a las Empresas, Pymes y Comercios.
Exímase a partir del de julio de 2018 y por el término de 18 meses, el pago correspondiente al tributo denominado Tasa de Seguridad e Higiene,  iniciado su actividad entre el 1 de julio de 2018 y el 31 de diciembre de 2018. A los fines de la aplicación de lo establecido en el presente artículo, se autoriza al Departamento Ejecutivo a dictar las normas complementarias necesarias a los efectos de cubrir el plazo aquí estipulado.
Exímase el pago de la segunda cuota del Ejercicio 2018, correspondiente Régimen Único de Comercios para Pequeños Contribuyentes (R.U.C.), cuyo vencimiento opera en el mes de agosto del corriente, a las empresas que se encuentran inscriptas en dicho régimen.

Ordenanza