Promulgase la ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 04 de Julio de 2008, obrante a fojas 195/196 del expediente NºN~799832105
(H.C.D. 00357-D-08), por la cual se reconoce de legítimo abono y se autoriza el pago de la suma total a favor de la agente GLORIA ZULEMA NOE, Legajo N15.494/5, en concepto de diferencia de Bonificación por Antiguedad Y SAC correspondiente al año 2003.