Rectificase el Artículo 1 ºde la Ordenanza N º 13.802 promulgada mediante el Decreto N º 2.992 de fecha 03 octubre 2024, registrada bajo el N º 13802, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 1° : Autorízase la suscripción al contrato de locación, entre la Municipalidad de Lanús, representada por su Sr. Intendente Municipal y SOTO OSCAR ANDRES DNI N º 10.464.042, en relación al inmueble sito en la Av. Hipó/ita Yrigoyen N º 5. 199/José Mármol N º 23, de la localidad y partido de Lanús, para el funcionamiento de las oficinas de la Defensoría del Pueblo y atención al público."