Atento lo dispuesto por la Ordenanza N° 9953 promulgada por Decreto N°
1691 de fecha 15 de Noviembre de 2004 convalídense el contrato de locación de obra durante el periodo comprendido entre el día 1° de Enero al 30 de Junio de 2007, cuyos datos figuran en el Anexo 1 que forma parte integrante del presente Decreto.