Reemplazánse los Artículos 2° y 3° de la ordenanza Nro. 9480 referente a autorizar al Departamento Ejecutivo al compromiso de fondos en los presupuestos de gastos de los Ejercicios 2003, 2004, 2005 y 2006 necesarios para hacer frente a la imputación y pago de la contratación del Servicio de Higiene Urbana en todo el ejido del Partido de Lanus, recolección de residuos sólidos urbanos y barrido y limpieza de 1.560 cuadras diarias y 1.000 cuadras días por medio, de las calles pavimentadas y barrido y desinfección de las ferias francas en la zona y días indicados en el listado pertinente, que resulte de la adjudicación do la Licitación Pública, que se tramita por el pliego autorizado en el Articulo precedente.