Modifícase el Artículo 1° del Capítulo 1 de la Ordenanza N° 7016/90 en lo concerniente a la calle Gral. Deheza entre Maldonado y Acevedo, quedando redactado en su parte pertinente de la siguiente manera: "Artículo-3°:...Calle Gral. Deheza entre las arterias Acevedo y Maldonado, doble mano de circulación vehicular en dirección norte-sur y viceversa".