Prorrógase por el plazo de 60 días, a partir del 30 de noviembre de 2004, los términos establecidos en el artículo 3° del Decreto N° 0604 fecha 9 de junio de 2005. prorrogado por Decreto N° 1554 de fecha 25 de octubre de 2004.
Prorrógase por el plazo de 60 días, los términos establecidos en el artículo 3° del Decreto N° 0604 de fecha 9 de junio de 2003, prorrogado en el artículo 1° del presente.