Modifícase el articulo 10 del Capítulo 1 de la Ordenanza N° 7016/90, en lo concerniente a la calle Grecia lado norte entre las arterias Dean Funes y Chubut, quedando redactado en su parte pertinente de la siguiente manera: "Artículo-1 ':...calles Grecia lado norte entre las arterias Dean Funes y Chubut, sentido único de circulación vehicular, en dirección este —oeste".