Modifícase el Artículo 1° del Capítulo 1 de la Ordenanza N° 7016/90, en lo concemiente a la calle Monasterio entre las arterias Donato Alvarez y Pitágoras, quedando redactado en su parte pertinente de la siguiente manera: "Artículo 1°: ... calle Monasterio entre las arterias Donato Alvarez y Pitágoras, doble mano de circulación vehicular, en dirección sur-norte y viceversa".