Modifícase el artículo 10° del Capitulo 1 de la Ordenanza N° 7016, en lo concerniente a las calles: José Otamendi entre las arterias Cnel. Millán y Pampa, y la calle Callao entre las arterias Otamendi y Cnel. Lucero; modificase el articulo 1° del Capitulo 1 de la Ordenanza N° 7016, en lo concerniente a la calle: Humahuaca entre las arterias M. Castro y Grecia y modiflcase el Articulo 1° del Capitulo l de la Ordenanza N° 7016, en lo concerniente a las calles: Suipacha, San Lorenzo, Pedernera, H. de Malvinas, Oyuela, todas entre las arterias Bolaños y Bueras. Y la calle Bolaños entre las arterias Deheza y Oyuela.