Acéptase la donación del diez por ciento (10%) de las remuneraciones que perciban los Señores Concejales y Funcionarios Políticos del Honorable Concejo Deliberante de Lanús, previa deducción de los aportes que por ley correspondan (I.P.S. - l.O.MA - A.F.I.P. / D.G.I y deducciones partidarias para el caso que correspondiere), destinándose la suma resultante a la atención de asistencia y servicios sociales de la Municipalidad de Lanús.