Modifícase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 8825/99, en lo referente a reservar estacionamiento para el ascenso y descenso de pasajeros del transporte colectivo de pasajeros, en las siguientes calles: A.France N° 1979 a 1999; Basavilbaso N° 1981 a 1999; Oncativo N° 1982 a 2000 y Salta N° 1963 a 1999.