Extiéndanse los beneficios eximitorios otorgados por las Ordenanzas Nros.: 6825, 7735, y 8683 en los mismos términos que se establecen, a aquellos suboficiales o familiares directos que no cuenten con pensión alguna, para el ,aso de fallecidos, como consecuencia de su participación en el conflicto bélico desarrollado en el Teatro de Operaciones de Atlántico sur.