Digesto Municipal / Datos de la norma

Ordenanza

Estado: No vigente
Fecha de sanción: 11/08/2000
Fecha de publicación: 14/08/2000

Descripción general

Se denomina SUPERFICIE DE COMERCIALIZACION MASIVA MINORISTA, a aquel establecimiento comercial, cuya superficie cubierta se halle comprendida entre los 300 y 699 metros ( con inclusión del depósito), dedicado a la venta de productos y artículos usuales alimenticios y no alimenticios en la modalidad de autoservicio. DEROGADA POR ORDENANZA 13936.

Ordenanza 9092
Ordenanza 13936