Condónanse las deudas que, hasta la fecha de promulgación de la presente Ordenanza y por Tasas retributivas de servicios, mantenga el Estado nacional Argentino con relación a inmuebles de su propiedad que, hayan sido ofrecidos en venta a sus actuales ocupantes, sean unifamiliares o plurifamiliares y, cuya regularización es llevada a cabo por el Ente Nacional de Administración de Bienes Ferroviarios (ENABIEF).