Suspéndase por el término de sesenta (60) días el ingreso de solicitudes de habilitación para el emplazamiento en el Partido de Lanús, de establecimientos comerciales, cuyas superficies excedan los 200 m2. (con inclusión de depósitos), dedicados a la venta de productos y artículos usuales alimenticios y no alimenticios en la modalidad de autoservicio.