Modifíquese el artículo 25 punto a, de la Ordenanza N° 7661 en lo que atañe a Distrito de hasta 150 hab/hect. que permitirá una reducción de lados mínimos y superficies únicamente para las manzanas 82, 83 , 84 y 85 de la sección M, Circunscripción II de acuerdo a lo indicado por el plano 25/16/98 que obra en el Expte. P-695451/97 D.E. (D-0061112000 H.C.D.) y corre a fojas 8 y 9.