Incluir dentro de las excepciones al cumplimiento dela aislamiento social preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular dentro del partido de Lanús en el marco de lo establecido en los decretos municipales n°1317/20,1320/20,1323/20,1333/20,1334/20.a loa establecimientos que desarrollan las actividades industriales vinculadas a la industria automotriz y de autopartes ,electrónica y electrodomésticos ,metalúrgica ,maquinaria y equipos y bicicletas y motos indumentaria calzado química y petroquímica plásticos y subproductos.