Designase a partir del día 1° de Mayo de 2007, a las personas
que a continuación se detallan, como Practicante Menor "Ad-Honorem por reunir las condiciones establecidas en el Decreto N° 783/88; cumpliendo un horario de 24 horas semanales de guardia, en un solo turno que se iniciara a las
21 horas del día de toma de guardia y finalizará a las 21 horas del día siguiente.