Modifícase el artículo 1° de la Ordenanza N° 8742, el que quedará redactado de la siguiente manera: "El Municipio de Lanús protege la vida de los animales domésticos, previene los actos de crueldad, controla su salubridad y controla su reproducción con métodos éticos, entendiéndose como tales la práctica de la esterilización quirúrgica en todo el ámbito del Municipio para el control del crecimiento poblacional de animales domésticos".