Amplíese el beneficio otorgado a través del artículo 5° de la Ordenanza N° 13.054 de fecha 14 de Octubre del año 2020, a todos los contribuyentes del Partido de Lanús, por los Derechos de Ocupación o Uso del Espacio Público cuya actividad principal sea la explotación de los rubros confiterías, restaurantes, pizzerías, bares, heladerías y otros del rubro gastronómico. El beneficio consistirá en la reducción del cien por ciento (100%) de los Derechos mencionados en el artículo 1° por el período comprendido entre los meses de enero a junio del año 2021, correspondiente a la ocupación del espacio público con elementos del tipo mesas, sillas y caballetes.