Eximir el pago de la Tasa por Servicios Generales con las condiciones establecidas en el artículo 54º de la Ordenanza Fiscal vigente, aprobándose consecuentemente el formulario de Declaración Jurada para Jubilados y Pensionados, que se agrega al presente como “Anexo I”, para toda presentación el solicitante deberá completar el formulario de Declaración Jurada, exhibiendo asimismo original y acompañando copia de los siguientes elementos: