Reubicase a partir del día 10 de Septiembre de 2007, al personal
que se menciona en el Anexo 1 del presente, que desarrollan
sus funciones en el área de la Dirección General de Escuelas
Maternales y Jardines de Infantes, quienes revistaran desde
la fecha indicada en la categoría que en cada caso se indica
por los motivos expuestos en el exordio.