Autorícese la suscripción del Convenio a celebrarse entre entre la Municipalidad de Lanús, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Alejandro Julián Álvarez, D.N.I. N° 28.963.217 y la Cooperativa de Trabajo El Reciclado del Docke Limitada, representada por el Sr. Hernán Alberto Zvizer, D.N.I. N° 32.654.755 con domicilio en la calle J. M. Núñez 1739, Partido de Avellaneda; referido a la compactación de chatarra en el Municipio de Lanús y cuyo Proyecto de Convenio Marco y Específico forma parte integrante de la presente Ordenanza.