Sustitúyense los Artículos 4 ° y 8° de la Ordenanza N º 13.810/24, que quedarán redactados de la siguiente forma: "ARTICUL0-4º :-Para circular fuera de la Red de Tránsito Pesado Primaria y Secundaria en el ámbito del Partido de Lanús, se deberá solicitar un permiso expedido por la repartición municipal al que el Departamento Ejecutivo le delegue la facultad. El permiso incluirá la identificación del automotor y el recorrido que se le autorice para llegar a su lugar de destino y regresar, accediendo y retomando por el itinerario más conveniente, desde y hasta la red de tránsito pesado."