Otorgase una ayuda económica, con cargo a rendir cuenta, a cada uno de los veinticuatro (24) Establecimientos, y por la suma detallada en cada uno de los casos, en el Anexo I que forma parte integrante del presente; destinada la misma a solventar los gastos derivados del acondicionamiento de sus locales y espacios físicos, a los requisitos establecidos en los protocolos sanitarios debidamente autorizados por las autoridades competentes y gastos de mantenimiento, equipamiento y compra de insumos vinculados a la reanudación de las actividades culturales y turísticas.